¿Necesitas presentar la declaración de la Renta, solicitar un certificado tributario, pedir cita previa o resolver una duda sobre el IVA? El servicio al cliente de la Agencia Tributaria (AEAT) pone a disposición de los ciudadanos y empresas un amplio abanico de canales: líneas telefónicas especializadas, sede electrónica con identificación Cl@ve y certificado digital, aplicación móvil oficial, más de 200 oficinas físicas en toda España y un sistema de cita previa obligatorio para la atención presencial. En esta guía práctica encontrarás todos los teléfonos, horarios, trámites y consejos para gestionar tus obligaciones tributarias de forma rápida y sin contratiempos.
Presentación de la Agencia Tributaria (AEAT)
La Agencia Estatal de Administración Tributaria, conocida comúnmente como Agencia Tributaria o por sus siglas AEAT, es el organismo público español encargado de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones Públicas nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende. Adscrita al Ministerio de Hacienda, fue creada en 1991 y tiene su sede central en Madrid.
La AEAT gestiona los principales impuestos del Estado: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, los Impuestos Especiales (alcohol, tabaco, hidrocarburos, electricidad), así como la gestión aduanera y el control del comercio exterior. También participa, junto con las Comunidades Autónomas, en la gestión del Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Cada año, durante la campaña de la Renta (de abril a junio), la AEAT atiende a más de 22 millones de contribuyentes. Sus principales servicios para el ciudadano son la presentación de declaraciones (Renta, IVA, modelo 130, modelo 303, modelo 390), la expedición de certificados (estar al corriente, IRPF, IVA), la gestión del NIF y del NIE fiscal, el plan "Le Llamamos" durante la Renta, y el control general del cumplimiento tributario.
Teléfonos del servicio al cliente AEAT
La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes varias líneas telefónicas especializadas según el trámite:
- 901 200 345 – Información tributaria general. Atiende dudas sobre normativa, plazos, modelos, deducciones, censos, NIF, certificados y procedimientos. Es la línea más utilizada por particulares y autoaplicaciones. Coste según tarifa del operador.
- 901 200 347 – Información y asistencia específica de la campaña de Renta. Resuelve dudas sobre el borrador, casillas, deducciones autonómicas, deducciones por maternidad, vivienda habitual, alquiler, donativos y otras particularidades del IRPF. Operativa entre abril y junio principalmente.
- 901 200 350 – Cita previa para la atención presencial en oficinas y para el plan "Le Llamamos" (la AEAT te llama para hacer la declaración de la Renta por teléfono).
- 91 554 87 70 – Alternativa con tarificación normal a la línea 901 de información general, útil desde teléfonos móviles o desde el extranjero.
- 901 33 55 33 – Asistencia técnica de la sede electrónica (problemas con Cl@ve, certificado digital, envío de declaraciones).
- 900 35 22 30 – Línea informativa para no residentes.
Cuando llames, conviene tener a mano tu DNI/NIE, el número de referencia de la Renta (figura en la casilla 505 de la declaración del año anterior) y, si llamas por un trámite concreto, el modelo o el número de expediente. Antes de llamar, comprueba si tu duda puede resolverse desde la propia sede electrónica o el asistente virtual del IVA.
Horarios de atención telefónica
El horario general de atención telefónica de la Agencia Tributaria es el siguiente:
| Día | Horario |
|---|---|
| Lunes | 9:00 – 19:00 |
| Martes | 9:00 – 19:00 |
| Miércoles | 9:00 – 19:00 |
| Jueves | 9:00 – 19:00 |
| Viernes | 9:00 – 19:00 |
| Sábado | Cerrado |
| Domingo y festivos | Cerrado |
El horario puede ampliarse durante la campaña de la Renta, especialmente para el servicio "Le Llamamos". Los mejores momentos para llamar son a primera hora (9:00 – 10:00) y a media tarde (16:00 – 17:30), evitando los lunes y las jornadas próximas al fin de plazo de presentación de cada modelo. Fuera del horario, la sede electrónica y la app están operativas 24/7 para realizar la mayoría de trámites de forma autónoma.
Sede electrónica: agenciatributaria.gob.es
La sede electrónica de la Agencia Tributaria (agenciatributaria.gob.es) es el portal oficial donde se concentra la mayor parte de trámites y consultas. Para acceder a los servicios personalizados necesitas identificarte de forma segura, mediante uno de los siguientes métodos:
- Cl@ve PIN: código temporal enviado al móvil tras registro previo en la app Cl@ve o en oficinas habilitadas.
- Cl@ve permanente: usuario y contraseña con refuerzo por SMS, útil para gestiones continuadas.
- Certificado digital emitido por la FNMT, Agència Catalana de Certificació u otras autoridades reconocidas.
- DNI electrónico (DNIe) con lector de tarjetas compatible o con la app de DNIe.
- Número de referencia (solo para trámites de la Renta): se obtiene con NIF, casilla 505 de la última declaración y fecha de validez del DNI.
Desde la sede electrónica puedes realizar, entre muchos otros, los siguientes trámites:
- Presentar la declaración de la Renta (modelo 100) y consultar el borrador.
- Presentar el modelo 130 (pagos fraccionados de autónomos en estimación directa) y el modelo 131 (estimación objetiva).
- Presentar el modelo 303 de IVA trimestral y el modelo 390 de resumen anual.
- Presentar el modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades.
- Solicitar y descargar certificados tributarios (estar al corriente, IRPF, IVA, Renta).
- Obtener el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
- Consultar los datos fiscales que la AEAT tiene sobre ti antes de hacer la Renta.
- Modificar los datos del censo de autónomos (modelo 036 y 037).
- Consultar y pagar deudas pendientes, solicitar aplazamientos y fraccionamientos.
- Acceder a la carpeta ciudadana para consultar notificaciones y comunicaciones.
- Solicitar la devolución del IVA a no establecidos.
- Pedir cita previa para la atención presencial o telefónica.
La sede electrónica está operativa 24 horas al día, los 365 días del año, salvo ventanas de mantenimiento. Para muchos contribuyentes obligados (sociedades, autónomos en SIIs, grandes empresas), la presentación electrónica es obligatoria.
Aplicación móvil "Agencia Tributaria"
La app oficial Agencia Tributaria, disponible gratis en App Store y Google Play, concentra los servicios más utilizados para ciudadanos. Es especialmente popular durante la campaña de la Renta:
- Consultar los datos fiscales y descargarlos para revisarlos.
- Presentar la declaración de la Renta con el borrador prerrellenado.
- Hacer la declaración conjunta con el cónyuge.
- Solicitar y consultar el número de referencia.
- Pedir cita previa e iniciar el plan "Le Llamamos".
- Recibir notificaciones sobre el estado de la devolución.
- Descargar certificados tributarios en PDF firmados electrónicamente.
- Consultar las notificaciones electrónicas de la carpeta ciudadana.
El acceso se realiza con Cl@ve PIN, Cl@ve permanente, certificado digital instalado en el dispositivo, número de referencia o sistema biométrico (huella o reconocimiento facial) si ya iniciaste sesión previamente.
Cita previa obligatoria
Para la mayoría de trámites presenciales en oficinas de la AEAT, así como para la atención telefónica del plan "Le Llamamos", es obligatorio solicitar cita previa. Puedes pedirla por varios canales:
- A través de la sede electrónica, en el apartado "Cita previa para Renta y otros servicios".
- Por teléfono, llamando al 901 200 350 o al 91 290 13 40.
- Desde la app móvil "Agencia Tributaria".
Para pedir cita debes indicar tu DNI/NIE, el motivo del trámite (información general, declaración de la Renta, IVA, modelo 037, certificado tributario, etc.) y el código postal de residencia. Se recomienda solicitarla con 1 a 3 semanas de antelación en ciudades grandes, especialmente en plena campaña de la Renta. Si finalmente no puedes asistir, anúlala para liberar el hueco a otro contribuyente.
Oficinas físicas de la Agencia Tributaria
La AEAT cuenta con más de 200 oficinas físicas repartidas por toda España, entre Delegaciones Especiales (una por Comunidad Autónoma), Delegaciones Provinciales, Administraciones de distrito y unidades aduaneras. En cada oficina puedes:
- Recibir asistencia personalizada para confeccionar la declaración de la Renta (modalidad presencial, con cita previa).
- Presentar declaraciones, modelos y escritos en el registro.
- Solicitar certificados, NIF o duplicados.
- Obtener el certificado de identificación electrónica o asistencia para Cl@ve.
- Recoger documentación y notificaciones.
La atención presencial es exclusivamente con cita previa. El horario habitual de las oficinas es de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00, aunque algunos servicios específicos durante la Renta pueden ampliarse por las tardes.
El plan "Le Llamamos" (Renta por teléfono)
Una de las grandes ventajas del servicio al cliente de la AEAT es el plan "Le Llamamos", activo durante la campaña de la Renta (mayo y junio). En lugar de acudir presencialmente o luchar con el manual, un técnico de la Agencia Tributaria te llama por teléfono en el día y la franja horaria que tú eliges, repasa contigo los datos fiscales y prepara y presenta la declaración por ti.
Para apuntarte, pide cita en el 901 200 350, en la sede electrónica o en la app móvil. Necesitarás tener a mano el DNI/NIE, los datos identificativos del cónyuge si declaráis conjuntamente, las cuantías no incluidas en los datos fiscales (alquileres, gastos deducibles, donativos), y un IBAN para la devolución o el pago.
Calendario del contribuyente
La AEAT publica anualmente el calendario del contribuyente, donde figuran todos los plazos de presentación de modelos y declaraciones. Los hitos más importantes son:
- Enero: modelo 390 (resumen anual de IVA), modelo 190 (resumen anual de retenciones del IRPF), modelo 184 (entidades en régimen de atribución de rentas).
- Trimestrales (abril, julio, octubre, enero): modelo 303 (IVA), modelo 130 (pagos fraccionados autónomos), modelo 111 (retenciones de IRPF de trabajadores y profesionales).
- Abril – junio: campaña de la Renta (modelo 100) y del Impuesto sobre el Patrimonio (modelo 714).
- Julio: campaña del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) para entidades con ejercicio fiscal coincidente con el año natural.
Consejos para gestionar mejor tu relación con la AEAT
- Activa Cl@ve cuanto antes: te permitirá presentar declaraciones, descargar certificados y consultar notificaciones sin desplazarte.
- Suscríbete a las notificaciones electrónicas para no perder ninguna comunicación oficial.
- Revisa los datos fiscales antes de presentar la Renta: la AEAT tiene la información que le han remitido bancos, empleadores y otras Administraciones, pero pueden faltar deducciones autonómicas que solo tú conoces.
- Anota los plazos en el calendario y configura recordatorios para los modelos trimestrales.
- Guarda todos los justificantes de deducciones (donativos, alquileres, planes de pensiones, hipoteca anterior a 2013) durante al menos 4 años.
- Solicita cita previa con antelación, sobre todo en mayo y junio.
- Usa el asistente virtual del IVA y el de la Renta antes de llamar: resuelven la mayoría de dudas frecuentes.
- Si recibes una propuesta de liquidación provisional, repasa con atención los datos antes de aceptar o presentar alegaciones.
FAQ práctica: preguntas frecuentes
¿Cuándo es la campaña de la Renta?
La campaña de la Renta se desarrolla habitualmente entre principios de abril y finales de junio. Las fechas exactas se publican cada año por orden ministerial. La presentación por Internet suele abrirse a primeros de abril, la atención telefónica (Le Llamamos) en mayo y la atención presencial en oficinas en junio.
¿Cómo obtengo el número de referencia de la Renta?
Se obtiene desde la sede electrónica o la app móvil, indicando el NIF, la casilla 505 de la última declaración presentada (o el IBAN si no hay declaración anterior) y la fecha de validez del DNI. Con este código puedes acceder al borrador y presentar la Renta sin certificado digital ni Cl@ve.
¿Qué es el modelo 100?
El modelo 100 es la declaración anual del IRPF de las personas físicas. Lo presentan los contribuyentes obligados (rentas del trabajo superiores a 22.000€ con un solo pagador, 15.876€ con varios pagadores, autónomos, perceptores de ciertos rendimientos del capital o ganancias patrimoniales). También pueden presentarlo quienes no estando obligados quieran solicitar una devolución.
¿Qué es el modelo 130 y quién lo presenta?
El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF que presentan trimestralmente los autónomos en estimación directa. Se ingresa el 20% del rendimiento neto acumulado del trimestre, menos las retenciones ya soportadas. Los plazos son abril, julio, octubre y enero.
¿Qué es el modelo 303?
El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. Lo presentan los profesionales y empresas sujetos al IVA, ingresando la diferencia entre el IVA repercutido a los clientes y el IVA soportado en compras y gastos. El modelo 390 es el resumen anual y se presenta en enero.
¿Cómo descargo el certificado de IRPF?
Desde la sede electrónica, entra en "Certificaciones" › "IRPF" e identifícate con Cl@ve, certificado o número de referencia. También se puede obtener desde la app móvil. El certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, en cambio, lo emite el pagador (empresa o cliente que practicó la retención).
¿Cómo solicito el NIF?
Las personas físicas residentes utilizan el DNI como NIF, sin trámite adicional. Las personas extranjeras solicitan el NIE en la Policía Nacional y, una vez obtenido, puede usarse como NIF fiscal. Las personas jurídicas (sociedades) solicitan el NIF a la AEAT mediante el modelo 036, presentando la escritura de constitución y los estatutos.
¿Cuándo recibiré la devolución de la Renta?
Si la declaración sale a devolver, la AEAT dispone de un plazo máximo de 6 meses desde el fin del período de presentación para abonarla. En la práctica, la mayoría de devoluciones se realizan en pocas semanas si la declaración no presenta incidencias. Puedes consultar el estado de la devolución desde la sede o la app.
¿Qué deducciones puedo aplicarme?
Las principales deducciones estatales son por maternidad, familia numerosa, donativos, aportaciones a planes de pensiones, vivienda habitual (solo para hipotecas anteriores al 1 de enero de 2013) y alquiler en determinados casos (contratos anteriores al 2015). Además, cada Comunidad Autónoma tiene sus propias deducciones (por nacimiento, libros de texto, alquiler de vivienda, etc.).
¿Cómo modifico mi cuenta bancaria para la devolución?
Si ya has presentado la Renta y necesitas cambiar el IBAN, accede a la sede electrónica con identificación y entra en "Modificación de la cuenta bancaria". El cambio surtirá efecto siempre que la devolución no haya sido ya emitida. Para futuras declaraciones, solo tienes que indicar el nuevo IBAN al presentarlas.
¿Cómo solicito un aplazamiento de una deuda tributaria?
Desde la sede electrónica, en "Aplazamientos y fraccionamientos", puedes solicitar pagar la deuda en varios plazos. Hasta 50.000€ el procedimiento es automático y sin garantías. Por importes superiores, se requieren garantías (aval bancario u otras). La concesión conlleva intereses de demora.
¿Funciona la AEAT en fin de semana?
La atención telefónica y presencial solo opera de lunes a viernes. Sin embargo, la sede electrónica y la app están disponibles 24/7, lo que permite presentar declaraciones, descargar certificados, consultar notificaciones y solicitar cita previa en cualquier momento.
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